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En virtud del Decreto Provincial N°382/20, el Municipio de Gálvez informa que a partir del día miércoles 06 de mayo, se habilitan las siguientes actividades, y bajo los parámetros que a continuación se detallan:
EJERCICIO DE PROFESIONES LIBERALES, INCLUIDOS MANDATARIOS, MARTILLEROS Y CORREDORES DEBIDAMENTE MATRICULADOS E INSCRIPTOS:
a)Disponiendo la organización de turnos de atención, si correspondiere.
b)El desplazamiento de las personas alcanzadas en este ítem, en cumplimiento de su profesión, podrá realizarse en el horario de 07:00 a 13:00 hs.
ACTIVIDAD INMOBILIARIA:
a)Con turno previamente establecido.
b)Con ingreso a los locales comerciales exclusivamente en caso de ser indispensable la concurrencia del cliente al mismo.
c)Para visitas a inmuebles, podrá concurrir un (1) representante de la firma y acompañar a una (1) persona por vez.
MUDANZAS :
a)A través de empresas o fletes autorizados para la actividad
b)Exclusivamente dentro del territorio de la Provincia de Santa Fe
PELUQUERÍA – MANICURÍA – COSMETOLOGÍA – PODOLOGÍA:
a)Con turno previo
b)Con no más de dos (2) personas por puesto de trabajo, incluido el prestador del servicio.
c)Se podrá utilizar, como máximo, el 50% de la superficie del salón habilitado a la espera del público.
ASOCIACIONES Y AGENCIAS DE DESARROLLO:
a)Exclusivamente a los fines establecidos por el Decreto N°0355/20 y regímenes análogos.
b)A puertas cerradas, con la dotación mínima del personal necesario.
c)Ingreso a las oficinas de personas ajenas, solamente con turno previo y en casos indispensables.
COMERCIO MAYORISTA Y MINORISTA
a)Podrán realizar la atención al público, cumpliendo con todas las medidas establecidas en el Protocolo Sanitario del rubro
b)La atención al público podrá realizarse en los siguientes días y horarios;
De lunes a viernes, de 14 a 19 horas
Sábados, de 8 a 13 horas
TODAS LAS ACTIVIDADES ANTES MENCIONADAS, BAJO LAS MODALIDADES ESPECIFICADAS, PODRÁN INICIARSE EL DÍA MIÉRCOLES 6 DE MAYO, Y DEBERÁN TRAMITAR SU HABILITACIÓN DENTRO DE LAS 48 HORAS DE INICIADA LA ACTIVIDAD.