Miércoles, 18 Marzo 2020 14:34

Coronavirus: Ante la Emergencia Sanitaria, el Intendente Fissore Suspende el Proceso de Otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir

 

Gálvez, 18 de marzo de 2020

 

RESOLUCIÓN N°8997

 

VISTO:

La Disposición DI-2020-109-APN-ANSV#MTR de la Agencia Nacional de Seguridad Vial de fecha 16 de marzo del cte., la cual dispone, en el marco de la emergencia pública sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la OMS; y la Disposición 0004 de fecha 17 de marzo de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, que adhiera a la misma, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que la citada Disposición Provincial, recomienda a las jurisdicciones locales, adherir a los Art. 5 y 6 de la normativa nacional.

Que es facultad de este Municipio, atender en el otorgamiento de las licencias de conducir a través de su Centro Regional de Emisión de Licencia de Conducir.

Que el mencionado Centro, se encuentra certificado y homologado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Que las medidas adoptadas por las autoridades nacionales y provinciales en tal sentido, responden a la necesidad actual de acoger, en tiempo real, los procedimientos que impliquen medidas oportunas y preventivas en el contexto de emergencia sanitaria que se atraviesa, por lo que este DEM considera conveniente aceptar el pedido de adhesión.

Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias, el Sr. Intendente Municipal;

 

RESUELVE:

 

Art. 1º).- SUSPENDER, a partir del día 19 de marzo de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, el proceso de otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, en el ámbito de competencia de este Municipio.

Art. 2°).- PRORROGAR por el término de 60 (sesenta) días corridos, los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 1 de abril de 2020. 

Art. 3°).- SOSTENER la atención al público del Centro Regional de Emisión de Licencia de Conducir, a fin de recepcionar las consultas del caso y redefinir turnos, adaptando dicho atención al público a los protocolos vigentes, informando a la población las vías de comunicación telefónica y de mensajería destinadas a tal fin.

Art. 4°).- ELEVAR copia a la Secretaría de Gobierno y Relaciones Institucionales, al Centro Regional de Emisión de Licencias de Conducir 

Gálvez y las Comunas adheridas al mismo, a la Dirección de Tránsito y a los medios de difusión locales y regionales.

Art. 5º).- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, ARCHÍVESE

 

 

POR CONSULTAS Y REPROGRAMACIÓN DE TURNOS

 

COMUNICARSE AL  03404-433363. CORREO: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

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