Jueves, 09 Abril 2020 13:59

Empleadores pueden gestionar la postergación del pago de contribuciones patronales

La AFIP lanzó este jueves el servicio web denominado "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción-ATP", al cual deberán ingresar todos los empleadores a efectos de que puedan acceder a la postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales.

La medida, que se encuadra dentro de las decisiones que tomó el Gobierno Nacional para mitigar el impacto económico de la cuarentena, se formalizó por medio de una resolución general publicada en el Boletín Oficial.

A tal efecto, los empleadores deberán ingresar al sitio web www.afip.gob.ar con Clave Fiscal, entre este jueves y el miércoles de la semana próxima.

La AFIP aclaró que los sujetos cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades publicado en la página de ese organismo, y hayan cumplido con la obligación de registración, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino del período devengado marzo de 2020.

Ese pago se deberá realizar según la CUIT del contribuyente, en estas fechas:

Terminación CUIT fecha 0, 1, 2 y 3 16/06/2020; 4, 5 y 6 17/06/2020; 7, 8 y 9 18/06/2020.

En tanto, la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado marzo de 2020, deberá presentarse conforme el siguiente cronograma:

Terminación CUIT fecha 0, 1, 2 y 3 16/04/2020; 4, 5 y 6 17/04/2020; 7, 8 y 9 20/04/2020.

RESOLUCIÓN GENERAL 

Fecha de Modificación Jueves, 09 Abril 2020 14:21

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